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Regulación de los servicios prestados por un socio profesional a una sociedad

Las sociedades son una figura jurídica que permite reunir a varios profesionales de un área […]

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Las sociedades son una figura jurídica que permite reunir a varios profesionales de un área para trabajar en forma conjunta. Es el caso de un despacho de arquitectos o abogados. Los trabajadores autónomos se enfrentarán a ellas casi inevitablemente, por lo que es importante revisar cómo opera el pago de impuestos cuando se es parte de una sociedad. Te contamos cuáles son los servicios de un socio profesional a una sociedad.

Cambios en la regulación

Hasta hace poco, era común que los socios fueran considerados como trabajadores de sus sociedades, por lo que recibían su salario a través de una nómina. Sin embargo, la reforma fiscal que entró en vigor ha transformado los criterios para distinguir las prestaciones obtenidas por quienes participan en una sociedad,

Así, serán consideradas de una de las dos formas posibles:

  • Rendimientos de trabajo, es decir, lo obtenido por los trabajadores asalariados, que se paga a través de una nómina
  • Rendimientos de actividades económicas, que son aquellos obtenidos por trabajadores autónomos, cuyo pago requiere la emisión de una factura

En términos generales, la reforma restringe los casos en que los trabajadores asociados pueden ser asalariados, y promueve que sean autónomos.

Cuando han de ser autónomos los socios

Los socios de una compañía deberán ser autónomos en los siguientes casos:

  • Cuando el rendimiento generado por el socio provenga de una actividad económica realizada a favor de la sociedad, siempre y cuando esté incluida en la Sección Segunda de las Tarifas del IAE, en la que se resumen las actividades profesionales que pueden ejercerse como autónomo.

En este caso, las retribuciones recibidas se integrarán a los impuestos del socio, quien deberá emitir una factura con IVA e IRPF de autónomos. En el caso de que el rendimiento provenga de una actividad prestada por la sociedad a través de sus socios, las retribuciones se integrarán al Impuesto de sociedades.

  • Cuando el trabajador preste su servicio a sociedades dedicadas a la prestación de servicios profesionales, incluso si no están constituidas como sociedades profesionales de acuerdo a la ley 2/2000.
  • Cuando el rendimiento provenga de la realización de actividades profesionales por el socio en la sociedad, incluyendo las labores internas, como las organizativas y comercializadoras.

En estos casos, los socios trabajadores deberán darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en una mutualidad de previsión social que actúe como alternativa.

Cuáles son los requisitos de un trabajador autónomo

Como consecuencia, los trabajadores asociados deberán comenzar a cumplir con los requisitos del trabajador autónomo y, por consiguiente:

  • Pagar mensualmente la cuota de autónomos a la Seguridad Social.
  • Emitir facturas.
  • Pagar trimestralmente el IVA.
  • Pagar el IRPF correspondiente en la renta anual.

Esto tiene algunas desventajas, como una mayor carga fiscal y administrativa. Sin embargo, en el marco de la Emprendedores, los nuevos autónomos tienen algunos apoyos, como el tipo reducido del IRPF al 9% y la posibilidad de deducir los gastos derivados de su actividad profesional.

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