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[VIDEO] ¿Debo facturar el IVA a mis clientes extranjeros?

Tu pyme ha dado el salto y ya cuentas con clientes extranjeros pero llega el […]

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La facturación del IVA a clientes extranjeros depende, principalmente, de si el cliente reside o no en un país miembro de la Unión Europea. Fuera de ella, las ventas pasan a ser consideradas como exportaciones.

 A la hora de facturar, se deben tener en cuenta múltiples aspectos. Más todavía si vas a vender tus productos o servicios a clientes que residen en el extranjero y la entrega se va a realizar en el país de destino.

¿Tienes que aplicar IVA o no? ¿Hay alguna diferencia si tu cliente es de otro estado miembro de la Unión Europea o está fuera de las fronteras comunitarias?

En Sage te damos las claves del modelo de factura más adecuado para este caso.


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Para facturar a un país miembro de la Unión Europea…

Para ser operador intracomunitario y poder facturar por las operaciones que lleves a cabo debes darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Podrás hacerlo a través de las casillas 582 y 584 del modelo 036 de alta en autónomos.

Tras la solicitud te facilitarán el NIF-IVA para realizar las operaciones y declarar la factura en el modelo 349 de operaciones intracomunitarias, así como en los modelos 303 y 390 de IVA. En cuanto tengas tu NIF-IVA podrás comenzar a facturar por la venta de productos o servicios en los países miembros de la UE.

Cómo facturar a un cliente europeo

Si tu cliente se encuentra dentro de la Unión Europea, la operación comercial, tanto de bienes como de servicios, se denomina adquisición y entrega intracomunitaria.

En este caso, existen dos posibilidades:

  • La empresa a la que vamos a facturar no está dada de alta en el Censo VIES, el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). En estas circunstancias, deberemos aplicar el IVA en nuestra factura.
  • Tanto tú como el cliente estáis está dados de alta en el ROI. Si es el caso, no tendrás que aplicarlo, porque el receptor del servicio será quien tributará el impuesto en su país. Lo que tú sí debes hacer es declararlo a través de los modelos 303 y 349 que, en función de su cuantía, se realizará de manera bimensual, trimestral o anual.

Facturar a un cliente extracomunitario

Si realizas operaciones de prestación de servicios o entregas de bienes a países que no forman parte de los 28 estados miembro de la Unión Europea, éstas tienen la consideración de exportaciones.

Según el artículo 21 de la Ley de IVA, las exportaciones están exentas del impuesto, tanto si el destinatario es empresa o profesional como particular. Por lo tanto, es responsabilidad del cliente tributarlo en su país. Sin embargo, la exención de IVA no te exime de presentar el modelo 303 a título informativo puesto que tú serás el encargado de abonar el tributo en España.

Tras estas operaciones, guarda siempre copia de la factura comercial, del documento de transporte internacional y de la declaración aduanera de exportación en la que aparezcas como exportador para justificar estas exportaciones antes Hacienda.

Por último, recomendarte que diferencies tus modelos de facturas nacionales de las internacionales utilizando una numeración distinta, lo que te ayudará a reconocerlas con un simple vistazo. Con estos consejos tendrás lo imprescindible para saber cómo hacer una factura a un cliente que tenga su sede en el extranjero.